Los asimilados a salarios deben pagar el ISR conforme a la tarifa MENSUAL y el concepto a usar debe ser “ISR retenciones por asimilados a salarios”
No se les aplica Subsidio al empleo
No se aplica IMSS
Registro maestro del empleado
Regimen fiscal = 605-Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
Tipo de regimen de contratacion = 05 y hasta el 11, ej 09-Asimilados a salarios
Periodicidad de Pago = 05-Mensual
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